Valoración del proyecto de Plan por el Derecho a la Vivienda de Barcelona 2016-2025

El Ayuntamiento de Barcelona presentó en el mes de noviembre el proyecto de Plan por el Derecho a la Vivienda de Barcelona 2016-2026, que debe sustituir el Plan de la Vivienda de Barcelona 2008-2016. El día 27 de diciembre terminó la fase de exposición pública y, una vez finalizadas las actuaciones previas, el plan se someterá a la votación del Plenario Municipal para su aprobación, prevista para el próximo mes de enero.

 

El plan local de vivienda es uno de los tres instrumentos de planificación y programación de vivienda que establece la Ley 18/2007, de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda. Los planes locales de vivienda son el elemento clave de las políticas de vivienda a nivel local, ya que "determinan las propuestas y los compromisos municipales en política de vivienda y son la propuesta marco para concertar políticas de vivienda con el Administración de la Generalitat".

 

Es por ello que el Plan por el Derecho a la Vivienda de Barcelona presenta un potencial de impacto muy relevante en la situación del derecho a la vivienda en la ciudad. Además, el proyecto de Plan por el Derecho a la Vivienda de Barcelona amplía la vigencia mínima de 6 años y propone una vigencia de 10 años, por lo que su contenido y previsiones, toman una relevancia aún mayor.

 

Desde el Observatorio DESC hemos hecho una valoración del Plan por el Derecho a la Vivienda de Barcelona 2016-2025 desde una perspectiva de derechos fundamentales, que ha sido presentada en el trámite de información pública. La podéis consultar en nuestra web (documento adjunto)

 

Como resumen de las actuaciones que propone el Plan para los próximos 10 años, cabe destacar que: (1) las medidas para revertir la emergencia son múltiples pero habría que aumentar la intensidad y reforzar el derecho a los suministros básicos como elemento esencial del derecho a la vivienda, (2) las actuaciones para garantizar el buen uso de la vivienda y su función social son bastante completas pero habría calendarizar y acelerarlas, (3) se apuesta claramente por ampliar el parque social pero habría que prever un uso más activo de los mecanismos disponibles para conseguir los ritmos deseables de activación del parque de vivienda social establecidos por la Ley catalana del derecho a la vivienda, y (4) se plantea un cambio de enfoque de las políticas de rehabilitación para centrarlas en los residentes, pero habría que concretar y explicitar su impacto en el mantenimiento de estos y a la generación de vivienda asequible.

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