La reforma del mercado de alquiler, un nuevo golpe al derecho a la vivienda

Con los votos favorables del PP y de UPyD y las abstenciones de CiU y del PNV, el Congreso de los Diputados ha dado un paso decisivo en la aprobación de una importante reforma en materia de alquiler. Según sus impulsores, el objetivo es "dinamizar el mercado de la vivienda". Sin embargo, se trata de una reforma que debilitará aún más la posición de los inquilinos, criminalizará los impagos por razones de necesidad y facilitará los desahucios exprés. De este modo, el derecho a la vivienda digna sufrirá por partida doble. Por un lado, a la tragedia de los desahucios por ejecuciones hipotecarias se añadirá la de aquellas personas y familias que, en el contexto de la crisis, sean incapaces de pagar el alquiler. Por un lado, se promoverá un falso enfrentamiento entre pequeños propietarios y arrendatarios, mientras los grandes propietarios y las entidades financieras podrán seguir especulando con un parque de viviendas que bien podría contribuir a la solución de la crisis.

Cuando ya se ha anunciado el visto bueno del Senado, el Proyecto de Ley de Medidas de Flexibilización y Fomento del Mercado del Alquiler de Vivienda modifica la legislación de arrendamientos urbanos y la legislación de enjuiciamiento civil con dos finalidades básicas:

La primera, reducir de 5 a 3 años el contrato de alquiler y facilitar los incrementos ilimitados de la renta. La segunda, permitir los desahucios por impago de un solo mes de alquiler y crear un registro de morosos. A pesar de las declaraciones de los impulsores de la reforma, a falta de un parque público asequible, estas medidas no conllevarán ningún avance en la protección del derecho a la vivienda. Al contrario, sólo debilitarán la estabilidad y la seguridad de los inquilinos, desincentivarán el cuidado de las viviendas alquiladas y acabarán por criminalizar las personas con necesidades económicas y habitacionales más agudas.

El primer objetivo de la reforma, en efecto, consiste en el acortamiento del contrato de alquiler de 5 a 3 años a la vez que se restringen las prórrogas obligatorias de 3 a 1 año. Como consecuencia de esta nueva situación, cada 3 años se podrán producir subidas indiscriminadas de la renta o se podrá cancelar el contrato de alquiler sin tener que justificar la necesidad de recuperar la vivienda. El acortamiento del contrato parecería basarse en la creencia de que la actual situación, caracterizada por una cierta moderación de los precios de alquiler, es transitoria y por tanto hay que contemplar la posibilidad de finalizar los contratos una vez la situación se recupere. La consecuencia para las unidades familiares es de gran inseguridad ya que difícilmente podrán proyectarse de forma mínimamente estable en un hogar por periodos de 3 años.

En segundo lugar, la reforma desvincula la actualización de la renta del aumento del Índice de Precios al Consumo, IPC, y prevé que arrendador y propietario decidan "libremente" qué criterio aplicar. Este criterio, justificado por la voluntad de fortalecer la "libertad contractual de las partes", desconoce la debilidad del inquilino a la hora de negociar los términos del contrato, especialmente cuando se trata de grandes agencias inmobiliarias, cayendo en un evidente desequilibrio contractual. Después de ver los abusos generados por la supuesta libertad contractual en el ámbito hipotecario, no sería de extrañar la firma de contratos de alquiler con criterios de actualización de la renta manifiestamente inalcanzables.

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